viernes, 17 de diciembre de 2021

Legisladores mexiquenses omiten opiniones consultivas a un año de la Ley de Amnistía


* PIDH protesta frente al Congreso local 

Agencia MANL 

Toluca, Méx.-  A un año de la Ley de Amnistía se comete omisión para resolver las opiniones consultivas para no reconocer a miles de falsos culpables, denunciaron integrantes del colectivo Presunción de Inocencia y Derechos Humanos a fuera del palacio legislativo,  quienes protestaron porque se siguen cometiendo actos de corrupción por las distintas corporaciones policiacas y órganos judiciales en el estado de México.

En el marco de la protesta para conmemorar un año de la Ley de Amnistía en el estado de México, PIDH fijó su postura en voz del defensor de los Derechos Humanos y falsos culpables, y  ex prisionero de conciencia José Humbertus Pérez Espinoza, quien señaló que la Iniciativa ciudadana de Presunción de Inocencia y Derechos Humanos A.C., (PIDH), se presentó el pasado 26 de mayo de 2020, y fue la única que incluyó a los miles de falsos culpables por delitos de alto impacto que no cometieron y que son inocentes.

"En esta iniciativa de PIDH también dejó claro que los miles de falsos culpables por delitos de alto impacto que son inocentes, se debe a la falta de la instalación y consolidación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio (SJPA), la única explicación son los graves actos de corrupción por parte de los órganos del Estado en la entidad mexiquense, y que son los responsables de haber desviado del Fondo de Aportaciones a la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP) aproximadamente $7,879 millones 404 mil 289 pesos", denunció.

Es importante, destacó, que después de que se publicara la Ley de Amnistía del Estado de México el 5 de enero de 2021, millones de mexicanos "hemos acreditado" cómo diversas corporaciones policiacas del país y concretamente del Estado de México, realizan detenciones violentas, utilizan armas de fuego que son disparadas para “espantar a la población”, incluso asesinando a personas, realizando detenciones arbitrarias para fabricar delitos a inocentes.

El legislador ordinario, explicó,  también ha sido conocedor de estas graves violaciones al derecho humano a la presunción de inocencia y la libertad, motivo por el cual no deberá ser una limitante que la Ley de Amnistía del Estado de México, señala: “por los delitos previstos en ésta ley, cometidos hasta la fecha de entrada en vigor de la misma”. 

Por esto, indicó,  presentamos el pasado 9 de noviembre de 2021 reformas a la Ley de Amnistía del Estado de México, y se tiene que quitar esta limitante toda vez que se siguen cometiendo graves violaciones a los derechos humanos de la población que es detenida arbitrariamente, por lo tanto la Comisión Ordinaria deberá de conocer los casos o delitos que se cometieron después de la entrada en vigor del citado marco normativo, por tal motivo la reforma "que presentamos" al artículo 1 deberá de quedar de la manera siguiente:

Articulo 1.- La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general y obligatoria en el Estado de México, y tiene por objeto establecer las bases para decretar amnistía en favor de las personas en contra de quienes estén vinculadas a proceso o se les haya dictado sentencia firme ante los tribunales del orden común, por los delitos previstos en ésta Ley, “cometidos después de la fecha de entrada en vigor de la misma”, siempre y cuando no sean reincidentes por el delito que se beneficiará.

Así mismo, enfatizó,  presentamos reformas al artículo 16 y que se le adicionen a este artículo tres párrafos para quedar como sigue:Articulo 16. El Poder Legislativo del Estado de México con base en su normatividad, constituye la Comisión Ordinaria, con el fin de dar seguimiento a lo ordenado en esta ley, así́ como para conocer de aquellos casos que por su relevancia son puestos a su consideración por medio de las personas a que se refiere el artículo 7 de esta Ley y organismos defensores de derechos humanos, por encuadrar en supuestos de violación de derechos o fallas en la aplicación de alguno de los principios penales del sistema acusatorio, o la plena presunción de fabricación de delitos.

PiDH propone que la Comisión Ordinaria integre a un grupo de expertos de México y de otros países en donde el Sistema de Justicia Penal Acusatorio ha sido exitoso, quienes analizarán de manera minuciosas cada una de las solicitudes presentadas y resolverán a que organismos turnarán las peticiones para solicitar la Opinión Consultiva.

El grupo de expertos, indicó,  analizarán de los casos por su relevancia, principalmente que investiguen la etapa de investigación inicial y de investigación judicializada, para concluir si las conductas delictivas se cometieron o no por las personas que están procesados o sentenciados por delitos de alto impacto.
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La Comisión Ordinaria y el grupo de expertos investigarán las asignaciones e incrementos al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública que están destinados para fortalecer a la seguridad pública, procuración, administración de justicia, readaptación social y la instalación y consolidación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, porque no fueron etiquetados por las Legislaturas LVI, LVII, LVIII, LIX y LX.

2. El Consejo Estatal de Seguridad del Estado de México durante las administraciones de los gobernadores de Enrique Peña Nieto y Eruviel Ávila Villegas, fueron omisos y participes del desvió de los miles de millones de pesos del FASP para que se aplicaran exclusivamente para los fines de la Seguridad Pública y del SJPA.

El legislador ordinario que expidió la Ley de Seguridad del Estado de México y que se publicó el 19 de octubre de 2011, en donde, se estableció el mecanismo de control constitucional de los recursos federales y estatales del FASP, esto se legisló en el artículo 35 fracción XVII de la cita ley y que a la letra señala que: “Artículo 35: El Consejo Estatal, para el cumplimiento de su objeto, contará con las atribuciones siguientes”; “XVII. Vigilar que tanto los recursos estatales destinados a seguridad pública como los que provengan de aportaciones federales, sean aplicados para tales fines, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, y denunciar su incumplimiento ante las autoridades competentes”.

Es decir, los primeros responsables de no vigilar los recursos estatales y federales del FASP fueron los integrantes del Consejo de Seguridad del Estado de México, así como también para no denunciar su incumplimiento e inaplicación. El 20 de septiembre de 2018 al termino de la LIX legislatura se realizaron reformas que son inconstitucionales al artículo 36 y 37 de la Ley de Seguridad del Estado de México, el objetivo que la nueva mayoría de los legisladores de MORENA y los partidos de la alianza juntos haremos historia, no realizarán desde el Consejo Estatal de Seguridad una revisión profunda de la instalación y consolidación del SJPA.

Así como también no se investigarán porque no se vigilaron los recursos estatales y los que provenía de aportaciones federales, para aplicarlos exclusivamente para la seguridad pública y el SJPA, con la reforma al artículo 36 fracciones V, VI, VII, X y XI de la Ley de Seguridad del Estado de México, dejaron de ser parte del Consejo Estatal de Seguridad: el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, los diputados presidentes de las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales, de Procuración y Administración de Justicia, y de Seguridad Pública y Tránsito de la Legislatura del Estado de México.

El Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, dos representantes del Consejo Ciudadano y dos académicos especialistas, argumentó,  por la Reforma al artículo 37, fracciones V, VI, VII, VIII y IX de la citada Ley, 
les dieron el carácter de invitados permanentes, quienes solo tienen voz, pero no voto en las resoluciones del Consejo Estatal; cómo es posible que los diputados presidentes de las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales, de Procuración y Administración de Justicia, y de Seguridad Pública y Tránsito de la Legislatura, que son los responsables de asignar los presupuestos para la seguridad pública, del funcionamiento del SJPA y de control constitucional del presupuesto no sean parte del Consejo Estatal de Seguridad. Ñ

Destacó que en virtud de que se desconoce el destino de los recursos millonarios del FASP, del Centro de Control de Confianza del Estado de México, de la Universidad Mexiquense de Seguridad, del Centro de Medidas Cautelares del Estado de México, del Fondo para la Construcción de nuevos Centros Penitenciarios conocido como FC3, así como también por la falta de operadores de justicia de las Instituciones de Seguridad Pública y por carecer de la certificación constitucional, por no haber constituido la carrera ministerial, policial y pericial, y no haber instalado y consolidación el SJPA.

Recomendó que se tiene que adicionar las fracciones V, VI, VII, X y XI del artículo 36 y se derogan las fracciones: (A) V, (A) VI, (A) VII, (A) VIII y (A) IX del artículo 37 de la Ley Seguridad del Estado de México

Humbrrtus Espinoza, advirtió que se desconoce el destino de los recursos millonarios del FASP, del Centro de Control de Confianza del Estado de México, de la Universidad Mexiquense de Seguridad, del Centro de Medidas Cautelares del Estado de México, del Fondo para la Construcción de nuevos Centros Penitenciarios conocido como FC3, así como también por la falta de operadores de justicia de las Instituciones de Seguridad Pública y por carecer de la certificación constitucional, por no haber constituido la carrera ministerial, policial y pericial, y no haber instalado y consolidación el SJPA.

Es por eso que se tiene que adicionar las fracciones V, VI, VII, X y XI del artículo 36 y se derogan las fracciones: (A) V, (A) VI, (A) VII, (A) VIII y (A) IX del artículo 37 de la Ley Seguridad del Estado de México. 

Por tal motivo, destacó, pedimos que aprueben estas reformas y que se cumpla la Ley de Amnistía del Estado de México, para resolver los casos por su relevancia o delitos de alto impacto, y que se reconozca que el SJPA no se instaló y por eso miles de falsos culpables por delitos de alto impacto están en prisión y que se le aprueben a la Comisión Ordinaria de Amnistía $150 millones de pesos para que pueda operar y también se distribuyan estos recursos con los organismos que deberán de emitir las opiniones consultivas.

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