martes, 26 de octubre de 2021

Va Morena contra alienación parental; promueven reformas al Código Civil y de Procedimientos Civiles


Agencia MANL

Toluca, Méx.- Padre o madre no podrán impedir convivencia, desvalorizar, promover conductas de rechazo, influenciar con mentiras, ni cambiar de domicilio. 

Así lo expresó, el diputado Emiliano Aguirre Cruz, quien presentó una iniciativa de reformas al Código Civil y al Código de Procedimientos Civiles, para establecer mecanismos de protección que eviten la alienación parental en niñas, niños y adolescentes, y que en su caso, el juez determine medidas de apremio al respecto.

“La alienación parental se origina a través de conductas que lleva a cabo el padre o la madre que tiene la guarda y custodia o patria potestad de una hija o hijo menor de edad, para que injustificadamente se impidan las visitas y convivencias con el padre o la madre que carece de la guarda y custodia o patria potestad, causando en la niña o el niño un proceso de transformación de conciencia, que puede ir desde el miedo y el rechazo, hasta llegar al odio”, explicó en tribuna.

El legislador de la bancada de la Esperanza advirtió que durante la separación o divorcio de una pareja se puede presentar una serie de situaciones estresantes para las hijas o los hijos menores de edad, generando alienación parental, la cual se utiliza como artimaña por parte del padre o la madre que ejercen la guarda y custodia o patria potestad del hijo o hija menor de edad, respecto de aquel o aquella que carece de este derecho sobre su hijo o hija.

Desde la tribuna, Emiliano Aguirre puntualizó que el menor que sufre conductas de alienación expresa su rechazo a quien no tiene la patria potestad y manifiesta empatía y conexión afectiva con el padre o madre que supone alienador, por lo que esta conducta es una forma de violencia que tiende a generar sentimientos negativos en los menores, respecto de su padre o madre. 

La iniciativa del Grupo Parlamentario de Morena busca instituir en la normativa estatal la figura de la alienación parental, establecer mecanismos de protección al menor para evitar, atender y disminuir en estos casos.

El proyecto establece como obligaciones de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia abstenerse de realizar cualquier acto de alienación parental, como impedir que el otro padre o madre ejerza el derecho de convivencia con sus hijos, desvalorizar e insultar al otro padre o madre en presencia de los niños y en ausencia del mismo, y ridiculizar los sentimientos de los niños hacia el otro padre o madres.

También prohíbe promover o premiar conductas despectivas y de rechazo hacia el otro padre o madre, influenciar con mentiras o calumnias, presentar falsas alegaciones de abuso en los juzgados, cambiar de domicilio con el fin de impedir o destruir la relación con el padre o madre ausente con sus hijos.

Las reformas al Código de Procedimientos Civiles del Estado de México establecen que cuando se presuma alienación parental por parte de del padre o la madre hacia los hijos, se deberá informar al Juez para que este de manera oficiosa ordene realizar terapias de psicología familiar necesarias para los hijos menores y sus padres. 

El padre y la madre tendrán la obligación de colaborar en el cumplimiento de las medidas que sean determinadas, pudiendo el juez hacer uso de las medidas de apremio que establezca el Código para su cumplimiento.

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