Agencia MANL
Toluca, Méx.- A fin de otorgar a los interesados la posibilidad de solicitar el cambio de un nombre que sea discriminatorio, denigrante o que los expone a ser objeto de burla o ridículo, a través de un procedimiento rápido, económico y expedito ante la o el Oficial del Registro Civil donde se encuentra asentada su acta de nacimiento, evitando un juicio de rectificación ante una autoridad judicial, la LVIII Legislatura avaló reformas al Código Civil del Estado de México propuestas por el gobernador, Eruviel Ávila Villegas.
En Sesión correspondiente al Quinto Periodo Ordinario, los diputados locales avalaron por unanimidad la iniciativa dispensada del trámite de dictamen, que adiciona los artículos 3.38 bis y 3.38 ter al Código Civil del Estado de México, para establecer que la modificación o cambio del sustantivo propio registrado, por exposición al ridículo, puede ser solicitada por la persona interesada si es mayor de edad, o bien por los padres, el padre, la madre o quien ejerza la patria potestad del menor de doce años de edad o del incapaz, así como la persona menor de dieciocho pero mayor de doce años de edad, con el consentimiento de sus padres, de su padre, de su madre, de su representante legal, o en su caso, de la persona o institución que lo tuviere a su cargo.
En caso de que, la registrada o el registrado, tenga dos o más nombres en el sustantivo propio, sólo surtirá efecto en el que se considere expuesto al ridículo, en tanto, la solicitud será resuelta por el Consejo Dictaminador, en términos de lo dispuesto en los lineamientos que para el efecto emita la Consejería Jurídica.
Este consejo se constituirá como un órgano colegiado que tendrá la finalidad de resolver sobre las solicitudes de cambio de sustantivo propio que mediante solicitud expresa se haya formulado en términos del presente Código y demás disposiciones aplicables. Estará integrado por la Consejería Jurídica, que lo presidirá, la Universidad Autónoma del Estado de México, el Colegio de Notarios del Estado, el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos y la Dirección General del Registro Civil con el carácter de Secretaría Técnica; cada uno con su respectivo suplente.
Durante la discusión en lo particular, los diputados aprobaron una reserva propuesta por el legislador Jocías Catalán Valdez (PRD), respecto a la fracción III del artículo 3.38 bis, por la cual, de proceder la modificación o cambio del sustantivo propio, se tendrá por entendido para efectos legales que se trata de la misma persona, lo que se hará constar en el documento que se expida.
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