Toluca, Méx.- A fin de establecer que comete el delito de disparo de arma de fuego y ataque peligroso, quien accione un arma de fuego en domicilio particular, en la vía pública o fuera de un campo de tiro debidamente autorizado, el diputado Octavio Martínez Vargas, en nombre del Grupo Parlamentario del PRD, propuso una iniciativa de reforma al artículo 253 del Código Penal del Estado de México, remitida por la Diputación Permanente a las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia.
De acuerdo con la exposición de motivos, actualmente el Código Penal establece una penalidad para los casos de disparo de arma de fuego, sin embargo, como elemento necesario para su punibilidad es que éste sea en contra de una persona o grupo de personas, en un establecimiento comercial o de servicios, o en algún lugar concurrido; es decir, que si el disparo fue simplemente hecho al aire, no es sancionable.
Esta situación no contempla la peligrosidad de un disparo al aire, pues por el efecto de tiro parabólico de un proyectil, cualquier disparo al aire, exceptuando uno con un ángulo exacto de 90 grados, puede ser considerado como peligroso y en algunos casos han sido letales.
De acuerdo con la exposición de motivos, actualmente el Código Penal establece una penalidad para los casos de disparo de arma de fuego, sin embargo, como elemento necesario para su punibilidad es que éste sea en contra de una persona o grupo de personas, en un establecimiento comercial o de servicios, o en algún lugar concurrido; es decir, que si el disparo fue simplemente hecho al aire, no es sancionable.
Esta situación no contempla la peligrosidad de un disparo al aire, pues por el efecto de tiro parabólico de un proyectil, cualquier disparo al aire, exceptuando uno con un ángulo exacto de 90 grados, puede ser considerado como peligroso y en algunos casos han sido letales.
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